spot_img
spot_img

¿Rosado o clarete?

Tomás Jurío //Director de Finca Museum

En este mundo del vino parece que todo vale con tal de vender, y lo que realmente está ocurriendo es que cada vez confundimos más al consumidor con discursos equivocados, con terminologías erróneas y en muchos casos con un desconocimiento importante de lo que se habla.

Parece que los rosados se están poniendo de moda, pero para ello hay que darle un valor añadido de tal modo que parezca que son otra cosa, o al menos, decir algo novedoso sobre ellos. Los elaboramos con distintas tonalidades e intensidades cromáticas, hablamos de variedades que en muchos casos cuesta encontrarlas en el viñedo, e incluso los introducimos en botellas elegantes y de diseño con bonitas y sugerentes etiquetas, las cuales muchas veces no cumplen la legislación vigente de etiquetado. Y por si fuera poco ahora sacamos a la palestra otra antigua denominación, clarete.

¿Es lo mismo un vino “rosado” que un vino “clarete”? ¿Cómo lo tenemos que pedir? ¿Se elaboran de forma distinta? ¿Qué dice la legislación? ¿Y la tradición? Se han alzado voces desde el propio sector y desde los medios de comunicación que en muchos casos lo definen de forma contradictoria. Por ello, voy a intentar aportar de forma objetiva algo de luz sobre este asunto.

Lo que está fuera de todo debate, es que un rosado o clarete no es sinónimo de vino joven y fresco. La legislación actual permite criar en barricas de roble este tipo de vinos, lo cual nos hace perder en gran medida la fruta y frescura de estos vinos, pero por el contrario aportar otros matices. Históricamente, el vino se ha venido elaborando de formas diversas según las zonas vitícolas, lo que ha llevado a que los vinos tuvieran más o menos color. Todo depende a la época y el lugar al que nos remontemos.

Suelo arcilloso de la DO Toro. Fotografía: Emilio González
Suelo arcilloso de la DO Toro. Fotografía: Emilio González

Alain Huetz de Lemps, catedrático de la Universidad de Burdeos y doctor honoris causa de la Universidad de Valladolid, en su libro ‘Vignobles et Vins du Ouest de l’Espagne’, cuando habla de Castilla y León refiriéndose al periodo que va desde el siglo XVII al XIX, menciona la palabra clarete como una forma de elaboración donde “al mosto de uvas blancas, verdejo y albillo, se le añade una cierta cantidad de uva tinta fina” (tempranillo), describiendo está práctica como “habitual en Tierra de Toro y Zamora”; de Cigales dice que “la uva tinta que se añade al mosto blanco es de la variedad Aragonés (bien podría ser tempranillo o garnacha) y a veces mollar (verdejo negro), pero en menor proporción que en la zona de Toro, por lo que en Cigales los vinos son más claros”.

Nos vamos a los primeros años del siglo XX, y concretamente cito a Nicolás García de los Salmones, ingeniero agrónomo, toda una eminencia en enología y viticultura en los años veinte del siglo pasado. En su obra ‘Apuntes de viticultura y enología’, publicada en 1915, habla de vinos claretes y vinos rosa (no rosado). “El vino rosa se obtiene extrayendo el jugo (mosto) a otro tino (depósito) a las pocas horas de meter la uva para que fermente sin los hollejos; se suele llamar el vino de 24 horas”, y manifiesta también, “que se acerca más a un vino blanco que a uno tinto porque la vinificación es parecida a los blancos”.

El vino clarete lo define como “tipo genuinamente español” y menciona como ejemplo el de “Valdepeñas que se elabora metiendo en la misma tinaja (envases típicos de barro en esa zona) un 90% de airén (variedad blanca) y un 10% de cencibel (tempranillo) para fermentar totalmente en presencia de los hollejos”. También menciona “los claretes de la región de León que se elaboran del mismo modo, solo que con la variedad blanca gualarido (en la actualidad no tiene sinonimia) y la tinta prieto picudo”.


Nos vamos al año 1986 cuando España ingresa en la Unión Europea, donde la mención clarete desaparece de la legislación vitivinícola pasando a ser todo, vino Rosado indistintamente


Desde aquí nos trasladamos al año 1970 donde el Real Decreto 835/1972 que desarrolla la famosa Ley 25/1970 “Estatuto de la viña, del vino y de los alcoholes” (actualmente derogado) define por primera vez de forma legal y técnica ambas menciones.

Lo hace así, vino rosado es “aquel que procede de uvas tintas o de mezcla de uvas tintas y blancas cuyos mostos han fermentado sin los orujos alcanzando su coloración característica”; se parece bastante al vino rosa de Nicolás García. Por otro lado, define vino clarete como “el procedente de mostos obtenidos con mezcla de uvas tintas y blancas o de sus mostos y cuya fermentación se hace parcialmente en presencia de los orujos de uva tinta”; definición parecida al clarete de Nicolás García, pero en este caso la fermentación no es total en presencia de los orujos. Posiblemente en la redacción de esta Ley se tuvo en cuenta las formas de elaboración que se venían desarrollando desde primeros del siglo XX.

Nos vamos al año 1986 cuando España ingresa en la Unión Europea, donde la mención clarete desaparece de la legislación vitivinícola pasando a ser todo, vino Rosado indistintamente. A partir de aquí también en España la mención clarete pasa a ser denostada por todos y el vino de poco color pasa a llamarse vino rosado, con la excepción de los más mayores que en zonas como Navarra y Cigales lo siguen llamando popularmente clarete.

Sin embargo, el Reglamento (CE) 1493/1999 del Consejo donde se establece la Organización Común del Mercado vitivinícola, y el Reglamento (CE) 753/2002 de la Comisión, dejan abierta la puerta a los países miembros para que regulen ciertas menciones en cuanto a la designación, denominación, presentación y protección de determinados productos vitivinícolas.

Ante esta posibilidad, España desarrolla el Real Decreto 1127/2003 donde incluye, ahora sí, la mención “clarete” definiéndolo como “vinos que proceden al menos en un 25% de uvas tintas”, y “rosado” como “vinos que proceden al menos en un 50% de uvas tintas”; ahora bien, ya no obliga a que uno u otro vino se elabore de alguna forma determinada, por lo que deja vía libre a las bodegas. vinedo-en-verano-2

Sin embargo, otro Real Decreto, el 1363/2011 deroga el anterior y anula el requerimiento del porcentaje de tipos de uvas que debe llevar un vino rosado o clarete, dejando por tanto ambas menciones únicamente como una indicación para el etiquetado de vinos de bajo color.

Para nada la legislación vigente, ni europea ni nacional, dice cómo deben elaborarse estos vinos, por lo que desde el punto de vista legal de designación y elaboración son exactamente lo mismo.

En definitiva, en la actualidad en la reglamentación europea y española un vino rosado o clarete es exactamente lo mismo y solo hace mención al color del vino, sin detallar cual debe ser el método de elaboración, las uvas de las que proviene, etc.


En zonas cercanas como Ribera del Duero, Cigales, y alguna otra, se empieza a ver en el mercado vinos etiquetados como ‘claretes’. Sin embargo, ni en el Reglamento de estas Denominaciones de Origen ni en sus Pliegos de Condiciones se menciona la palabra ‘clarete’


Serán los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen los que tendrán que delimitar las propiedades y las prácticas enológicas para hacer un vino rosado o clarete.

Curiosamente, en zonas cercanas como Ribera del Duero, Cigales, y alguna otra, se ven en el mercado vinos etiquetados como “claretes”. Sin embargo, ni en el Reglamento de estas Denominaciones de Origen ni en sus Pliegos de Condiciones se menciona la palabra “clarete”, solo y exclusivamente aparece la mención “vino rosado”, dejando libertad a las bodegas para elaborarlos como quieran. Lo que nos induce a pensar que la palabra “clarete” se trata de una argucia comercial sin base técnica ni legal.

viñedo1

En definitiva, actualmente un vino rosado o clarete se puede elaborar como la bodega quiera. Eso de que un clarete se elabora como un tinto a base a de uvas blancas y tintas, y un rosado como un blanco con uvas tintas, o blancas y tintas es totalmente falso.

Solo en Navarra se obliga a que la elaboración de rosado se haga por sangrado, imponiendo incluso un rendimiento máximo. Por tanto, cada bodega tiene libertad para elaborar como quiera y poner en la etiqueta rosado o clarete, es exactamente lo mismo y del todo legal. La única restricción que tienen las bodegas es de índole varietal y varía según las Denominaciones de Origen.

Por todo ello, pidamos un rosado o un clarete hoy en día, es exactamente lo mismo; es un tema semántico que solo alude legalmente al color del vino y tradicionalmente a una forma de llamar a un vino de bajo color, que como hemos visto, su elaboración y designación han ido cambiando en el transcurso de la historia.

En cualquier caso sigan ustedes bebiendo vino, rosado o clarete, clarete o rosado.

spot_img

#MÁSCYL RECOMIENDA

ESCAPADAS DESTACADAS

La Olmeda presenta ‘CVLTVRO 2024’ con más de 60 actividades de cultura e historia

‘CVLTVRO’. Mosaico Cultura Villa Romana La Olmeda se desarrollará desde este mes de abril hasta el 15 de diciembre. Su amplio programa está formado...

CASTILLA Y LEÓN AL DÍA

SABOREA CYL

Música y vino se darán la mano en el Día Pruno de Finca Villacreces

Con tres meses de adelanto, Finca Villacreces pone a la venta las entradas para la séptima edición del Día Pruno. El sábado 22 de...